Calles o avenidas pavimentadas con hormigón (cemento de color gris) o que sean solamente rellenadas (cascajo) serán los únicos espacios en donde la ciudadanía podrá proceder a quemar el año viejo. Las veredas y en solares no edificados, con precaución, también son permitidos, según el Municipio porteño.
Quienes no cumplan será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 427 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad). (I)